CARLOS MARTINEZ GALVEZ

hace 4 años · 1 min. de lectura · ~100 ·

Blogging
>
Blog de CARLOS
>
El TS declara usurario y nulo el interés de una tarjeta revolving de Wizink Bank

El TS declara usurario y nulo el interés de una tarjeta revolving de Wizink Bank

#derechofinanciero; #interesesusurarios; #LeyAzcarate #creditosrevolving; 


74311d9f.jpg

El Pleno de la Sala 1ª del TS, desestima recurso de casación interpuesto por Wizink contra una sentencia que declaró nulidad de un contrato de crédito revolving por considerar usuario el interés remuneratorio, fijado en el 26,82% TAE y que se situó en el 27,24% a fecha de presentación de la demanda.


El demandante pidió la nulidad del negocio jurídico por su carácter usurario, fundándose en la Ley de Represión de la Usura o Ley Azcárate.


2e8b0fcb.jpg

El Pleno considera que la referencia de «interés normal del dinero» usada para determinar si el interés remuneratorio es usurario debe ser el tipo medio aplicable a la categoría a la que corresponda la operación, es decir, el tipo medio aplicado a operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving publicado por el Banco de España; asi como que en la determinación de cuándo el interés de un crédito revolving es usurario, ha de tenerse en cuenta que el tipo medio del que se parte al la comparación, superior al 20%, es ya muy elevado.

Han de tomarse además en consideración las circunstancias concurrentes en este tipo de operaciones de crédito, como son el público al que suelen ir destinadas (particulares que no pueden acceder a otros créditos menos gravosos), y las propias peculiaridades del crédito revolving, en que el límite del crédito se va recomponiendo constantemente, los intereses y comisiones devengados se capitalizan para devengar el interés remuneratorio y las cuantías de las cuotas no suelen ser muy elevadas, pero que alargan muy considerablemente el tiempo durante el que el prestatario sigue pagando las cuotas, hasta el punto de que puede convertirle  en un deudor «cautivo».


2bbd7cd8.png

Por último, la Sala indica que no puede justificarse la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos, porque la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico. 




Comentarios

Artículos de CARLOS MARTINEZ GALVEZ

Ver blog
hace 3 años · 1 min. de lectura

Importante cambio de criterio doctrinal: El TEAC rectifica a la DGT en materia de tasación de costa ...

hace 3 años · 7 min. de lectura

Aunque muy recientemente en el tiempo, se ha legislado a nivel nacional sobre la protección de los c ...

hace 3 años · 1 min. de lectura

Aunque no resulta ser lo más habitual, no por ello deja de ser un acto jurídico lícito y habitual, ...

Puede que te interesen estos puestos de trabajo


  • Cronoshare Valladolid (Valladolid), España

    Necesito un servicio de influencer con las siguientes características:Indica qué tipo de canal o medio quieres utilizar · Instagram, facebook, tiktok · Explica qué tipo de producto o servicio quieres promocionar · Promoción reclamación tarjeta de crédito revolving · Género de pre ...

  • Sevibank Abogados

    Abogado Derecho Bancario

    Encontrado en: Buscojobs ES C2 - hace 2 días


    Sevibank Abogados Sevilla, España

    Despacho de Abogados con sede en Sevilla (Nervión) busca Abogado/a Colegiado/a con especialización en Derecho Bancario. Se requiere conocimiento en el campo de las tarjetas revolving e hipotecario, así como un mínimo de 2 años de experiencia en este ámbito. · Nuestro despacho es ...

  • Cronoshare

    Despacho De Procuradores Para Wizink

    Encontrado en: Buscojobs ES C2 - hace 11 horas


    Cronoshare Valencia, España

    Me han cobrado unos intereses abusivos¿Para qué necesitas al procurador? Wizink¿Para cuándo necesitas al procurador? UrgentePreferencia para el servicio: El mejor precio ...