Fernando 🐝 Santa Isabel Llanos

hace 7 años · 2 min. de lectura · ~100 ·

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El reto de la firma digital para traducciones juradas

El reto de la firma digital para traducciones juradas

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Me he referido a cuestiones como en qué consiste una traducción jurada, enmarcando su regulación en lo establecido por la disposición adicional décimo sexta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, modificada por la disposición final cuarta de la Ley 29/2015, de 30 de julio. También he analizado sus singularidades (desde un punto de vista formal el traductor jurado actúa como un notario en su faceta de fedatario de la veracidad documental de lo traducido).

Y asimismo he procedido a revisar los diferentes requisitos necesarios para la prestación de esta clase de servicios, explicitados en la Orden AEC/2015-2014, de 6 de noviembre de 2014. Los lectores de Contextos particularmente interesados en todo lo que atañe a la traducción jurada pueden solicitar el informe sectorial que Linguaserve ha elaborado al respecto. La solicitud puede realizarse a través del enlace de nuestra página web bajo la pestaña “Informes gratuitos”.

Sin embargo hay un aspecto que, por uno u otro motivo, no había tratado hasta el momento y que tiene que ver con la gradual implantación de la Sociedad de la Información en España, sustanciada en el caso que nos ocupa en aspectos como el certificado digital o la firma electrónica.

¿Para cuándo una firma o sello digital concebido de manera específica y singular para la traducción jurada de documentos electrónicos?

¿Por qué esta tardanza respecto a lo que está ocurriendo en otros segmentos de la actividad de globalización, internacionalización, localización y traducción?

Por conocido, no es preciso incidir en el hecho de que ya existen esta clase de procedimientos en otros ámbitos y trámites de la administración electrónica. Un examen del Portal de Administración Electrónica abierto por el Gobierno de España da idea de las posibilidades que actualmente se encuentran a disposición de los usuarios: interoperabilidad, identidad y firma electrónica, seguridad, archivo electrónico, accesibilidad, movilidad, Gobierno Abierto…

Al mismo tiempo es también público y notorio que su funcionamiento, con todos los matices que se quieran subrayar, está siendo globalmente satisfactorio. Muy recientemente se ha firmado el convenio de colaboración entre la Dirección de Tecnologías de la Información de las Comunicaciones, la Secretaría de Estado de Hacienda y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para la producción de notificaciones y comunicaciones postales del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y la Dirección General de Ordenación del Juego, a través del Centro de Impresión y Ensobrado (CIE), de la Agencia Tributaria mediante la plataforma electrónica Notific@ que da soporte al servicio compartido de gestión de notificaciones que se incluye en el Plan de Transformación Digital de la Administración General del Estado.

Y hace apenas unas semanas la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha publicado un nuevo catálogo con la recopilación de los servicios ofrecidos a las Administraciones Públicas para su reutilización en diferentes modos de uso.                                 

El segmento de la traducción jurada no puede ser ajeno a todos estos avances tecnológicos. Su adopción es hoy una obligación, plenamente compatible con las singularidades propias de esta submodalidad de servicios de traducción.

Un sello digital para la traducción jurada de documentos electrónicos contribuiría a agilizar los trámites y procesos y reduciría los costes de envío de documentos en papel. Todo ello siempre manteniendo los pertinentes niveles de fiabilidad y seguridad en la documentación gestionada.

Se trata de una propuesta que ha sido apuntada en algunas reuniones de trabajo y a la que personalmente me he sumado.

En suma, mediada la segunda década del siglo XXI la difusión de la apuesta por la firma digital resulta inexcusable. El quid de la cuestión radica en quién se anima a asumir el reto y cómo se estructuran los distintos procedimientos que permitan su consolidación en el medio plazo.


Fernando Santa Isabel

www.linguaserve.com

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