Criterio definitivo para la obligación de Alta en el Sistema Red de los autónom@s en España en vigor el 01/10/2018
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Recomiendo la lectura del artículo cuyo enlace facilito al final de este post. En él se explica el criterio final en relación a la obligación de darse de alta en el Sistema Red de los autónomos y autónomas, en vigor a partir de mañana lunes 01/10/2018, con el objetivo de realizar por esta vía electrónica trámites de afiliación, cotización y recaudación de cuotas, además de acceder al sistema de notificaciones de la Seguridad Social.
Destacaría de su lectura:
- Todos y todas los autónomos y autónomas que deberán darse de alta en el Sistema Red independientemente de que tengan o no empleados por cuenta ajena a su cargo, y,
- Aquellos autónomos y autónomas en posesión de un Certificado Digital o acreditación digital de identidad similar personal ( como Clave, DNI electrónico... ) simplemente podrán acceder a dicho sistema sin ningún trámite adicional.
- Pertenecer al Sistema Red podrás realizar los trámites relacionados con:
- Afiliación: altas, bajas y variaciones en tus datos como trabajador autónomo.
- Relación nominal de los trabajadores que tengas contratados.
- Los ingresos de las cuotas sociales con domiciliación bancaria o pago electrónico.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en relación con los partes de alta y baja médica por contingencias comunes y profesionales así como la remisión de los certificados de maternidad y/o paternidad.
- Gestión del Código de Cuenta de Cotización a la Seguridad Social (CCCs) y Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF).
José Domingo Pacheco Díaz
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